El juez mantiene las inspecciones fiscales a José Luis Rodríguez Zapatero y su familia
El magistrado de la Audiencia Nacional, José Luis Calama, ha decidido no suspender las inspecciones fiscales que la Agencia Tributaria ha iniciado contra el expresidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, y su familia. Esta decisión se produce en el marco de una causa penal relacionada con la supuesta recepción de sobornos, conocida como el ‘caso Plus Ultra’.
Coexistencia de procedimientos
El juez considera que las investigaciones que lleva a cabo la Fiscalía y las inspecciones fiscales abordan cuestiones distintas y pueden coexistir sin que ello genere indefensión a los involucrados. Calama se ha alineado con el criterio de la Fiscalía Anticorrupción, que sostiene que no existe una conexión suficiente entre los hechos analizados en la causa penal y los que se están revisando administrativamente por parte de Hacienda.
En su resolución, el magistrado desestima las solicitudes de suspensión presentadas tanto por las delegaciones de la AEAT de Madrid y Valencia como por Zapatero y su familia. A pesar de la decisión, Calama ha señalado que, si se detectan indicios de delito fiscal durante las inspecciones, estos deberán ser comunicados de inmediato al juzgado correspondiente.
Argumentos de la Agencia Tributaria y la Fiscalía
La Agencia Tributaria había solicitado la paralización de las inspecciones argumentando que existía una posible prejudicialidad penal, dado que algunos de los contribuyentes sometidos a revisión coincidían con los investigados en la Audiencia Nacional. Además, advertía sobre el riesgo de duplicidades y la ineficiencia en el uso de recursos. No obstante, la Fiscalía se opuso a dicha suspensión, argumentando la ausencia de correspondencia entre los procedimientos.
Calama respalda la posición de la Fiscalía, señalando que la investigación penal no se centra en delitos contra la Hacienda Pública, mientras que las inspecciones abarcan a diferentes personas y tributos. Según el magistrado, el marco legal actual permite que ambos procesos avancen simultáneamente, y la paralización de las actuaciones fiscales debe ser considerada una medida excepcional.
Relevancia de las joyas intervenidas
El juez ha identificado una única área de posible conexión entre las inspecciones fiscales y la causa penal: la investigación sobre un lote de 103 joyas valoradas en 1,32 millones de euros, que fueron confiscadas en la oficina de Zapatero. Aunque esta pieza podría tener relevancia fiscal, no es suficiente para interrumpir las inspecciones correspondientes a los ejercicios fiscales de 2022 a 2024.
Zapatero y sus hijas habían solicitado la suspensión de las inspecciones, argumentando que podrían vulnerar su derecho a la defensa. Sin embargo, el juez ha rechazado esta afirmación, subrayando que la obligación de presentar documentación contable o fiscal no equivale a una autoincriminación.
Conclusiones del magistrado
Calama ha especificado que la presentación de documentos preexistentes no implica la generación de nueva información que pueda incriminar a los implicados. Además, ha desestimado las alegaciones de presión coactiva, ya que no se ha presentado evidencia que respalde dicha afirmación. El expresidente tiene la opción de no realizar declaraciones, pero esto no le exime de la obligación de aportar documentación existente.
La resolución del juez afecta a varias entidades y empresas vinculadas a los investigados, y puede ser recurrida en un plazo de tres a cinco días.
