La Audiencia de Valencia descarta la declaración de Pedro Sánchez en la causa de la DANA
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, no será llamado a declarar en relación con la investigación sobre la DANA (Depresión Aislada en Niveles Altos) que afectó a la Comunidad Valenciana. La Audiencia de Valencia ha desestimado el recurso presentado por la acusación de Hazte Oír, que solicitaba la revocación de la decisión de la jueza para que el líder socialista compareciera ante el tribunal en Catarroja.
Falta de utilidad en la diligencia
La decisión del tribunal se basa en la consideración de que la diligencia propuesta es de carácter prospectivo, fundamentada en conjeturas y sin valor práctico para el procedimiento en curso. La sección Segunda de la Audiencia, compuesta por seis magistrados, subraya la importancia de centrar las investigaciones en el periodo crítico de gestión de la DANA, que culmina con el envío del segundo aviso de emergencia (ES-Alert) a las 20:57 horas. La única comunicación registrada entre Sánchez y el presidente valenciano, Carlos Mazón, ocurrió a las 22:50 horas, lo que se encuentra fuera del marco temporal relevante para la toma de decisiones.
Responsabilidades y competencias
El tribunal también ha destacado que no existen indicios de que los presidentes mantuvieran conversaciones durante la jornada de la emergencia. Se recuerda que la responsabilidad en la implementación de medidas para salvaguardar a la población recae a nivel autonómico. Además, los magistrados enfatizan que una investigación no debe transformarse en una búsqueda indiscriminada de responsabilidades.
Contexto de la investigación
Recientemente, se produjo la citación del líder del Partido Popular, Alberto Núñez Feijóo, quien, durante su interrogatorio, fue cuestionado inesperadamente sobre su papel en los incendios forestales y su fotografía con un narcotraficante gallego. La Audiencia consideró que su citación fue válida, dado que Feijóo había afirmado estar informado en tiempo real sobre la emergencia, aunque posteriormente reconoció que su comentario fue un error.
En este contexto, el tribunal ha calificado la solicitud de citación de Sánchez como un «agravio comparativo invertido», argumentando que la justicia no debería operar bajo la premisa de «simetría política», sino en función de la relevancia individual de cada testigo en relación con los hechos investigados.
