El TSJCV rechaza los recursos de la izquierda y confirma el topónimo bilingüe de Castellón, cerrando el debate sobre el nombre de la ciudad

El TSJCV rechaza los recursos de la izquierda y confirma el topónimo bilingüe de Castellón, cerrando el debate sobre el nombre de la ciudad

El TSJCV da la razón al topónimo bilingüe de Castellón, cerrando el debate

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha desestimado los recursos interpuestos por varios grupos de la izquierda en relación al cambio de nombre de Castelló de la Plana, que incluye la aceptación de una doble denominación en valenciano y castellano. La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha emitido dos sentencias que rechazan las alegaciones presentadas por la Plataforma per la Llengua y por Patricia Puerta, concejal y portavoz del grupo socialista en el Ayuntamiento de Castelló. Estas decisiones confirman la legalidad del decreto del Consell aprobado en diciembre de 2024, que establece la designación bilingüe del municipio.

Rechazo a los argumentos de nulidad

Los magistrados han desestimado todos los motivos de nulidad esgrimidos por los apelantes, que incluían cuestionamientos sobre el procedimiento, la falta de motivación de la decisión y la supuesta vulneración de otras normativas. El tribunal ha concluido que tanto los acuerdos del Ayuntamiento como el decreto del Consell «no incurren en arbitrariedad», sino que son una manifestación de la discrecionalidad administrativa, respetando los elementos reglados.

Un fallo anticipado por la jurisprudencia

Este fallo no ha sido inesperado para quienes siguen la jurisprudencia del TSJCV en temas de toponimia. En 2022, el tribunal ya había establecido un precedente al validar un decreto de 2019 que aprobaba la denominación exclusivamente en valenciano. En esa ocasión, la misma Sección Cuarta determinó que la administración municipal tiene la potestad de promover y el Consell de decidir entre una denominación bilingüe o solo en el idioma cooficial, lo que implica que ambas opciones son legalmente válidas.

LEER:  Tarifas de Transporte Autonómico y Gratuidad para Afectados por la DANA: Vigencia Hasta Junio

Un proceso con posibles recursos futuros

La nueva toponimia bilingüe fue inicialmente aprobada por el Pleno del Ayuntamiento el 30 de mayo de 2024 y ratificada definitivamente por el decreto 187/2024 del Consell el 17 de diciembre del mismo año. Las sentencias, notificadas a las partes implicadas, pueden ser objeto de recurso en casación ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, lo que indica que el debate jurídico podría no haber llegado a su fin.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *