Condena a un hombre por apuñalar a un padre de familia en su hogar
Un tribunal de la Audiencia Provincial de Castellón ha dictado una sentencia que condena a un individuo a cuatro años de prisión tras asaltar una vivienda en la Vall d’Uixó y atacar al propietario mientras este dormía. El fallo del tribunal considera al agresor culpable de los delitos de allanamiento de morada y asesinato en grado de tentativa.
Determinación del tribunal y medidas de seguridad
La sentencia es firme y establece que el acusado presenta una eximente incompleta de enajenación mental, lo que indica que su capacidad para entender la gravedad de sus actos estaba gravemente afectada en el momento del incidente. Por esta razón, además de la pena de prisión, se le ha impuesto una medida de seguridad que incluye cuatro años de internamiento psiquiátrico, con el fin de que reciba tratamiento médico adecuado.
Los hechos ocurridos en la madrugada del 26 de noviembre de 2019
Los sucesos tuvieron lugar en la madrugada del 26 de noviembre de 2019, cuando el condenado irrumpió en la vivienda familiar, donde un matrimonio y sus cinco hijos, de edades comprendidas entre 4 y 17 años, se encontraban durmiendo. Tras forzar la puerta de entrada, el agresor se dirigió directamente al dormitorio del padre de familia y, armado con un cuchillo, le propinó una puñalada en el pecho, a la altura del corazón, además de varios cortes en el tórax y los brazos.
La víctima logró despertarse y se produjo un forcejeo con el atacante. La madre, al intentar proteger a su marido, también resultó herida con cortes en una mano y una pierna, lo que permitió que el agresor huyera del lugar. El padre de familia requirió tratamiento médico quirúrgico y su recuperación se extendió por 180 días, dejando como secuelas cicatrices permanentes y un grave trastorno de estrés postraumático, según se detalla en la resolución judicial.
Indemnizaciones y restricciones impuestas
Además de la pena de prisión y el internamiento psiquiátrico, el condenado tiene prohibido acercarse a menos de 500 metros de las víctimas o comunicarse con ellas durante un periodo de seis años. Asimismo, se le ha ordenado indemnizar al padre de familia con 24.500 euros y a su esposa con 500 euros por las lesiones sufridas.
El caso se resolvió sin la necesidad de constituir un jurado popular, ya que tanto la acusación como la defensa llegaron a un acuerdo sobre los hechos, la calificación jurídica y las penas, el cual fue ratificado en el ámbito judicial.
