La Audiencia ordena juicio contra Mónica Oltra y su equipo por encubrimiento de abusos
La Audiencia de Valencia ha decidido abrir juicio oral contra la exvicepresidenta Mónica Oltra y su equipo en la Conselleria de Igualdad. Esto se produce en el contexto de un supuesto encubrimiento de una denuncia de abusos sexuales presentada contra su exmarido, Luis Ramírez Icardi.
Revocación del archivo de la causa
La Sala ha desestimado el archivo de la causa que había sido dictado por el juez instructor, quien contaba con el apoyo de la Fiscalía. Esta decisión fue impugnada por varias partes, incluida la menor víctima de los abusos, una organización vinculada a Cristina Seguí y el partido Vox. De acuerdo con lo esperado tras pronunciamientos previos, el tribunal ha determinado la celebración del juicio oral.
El juez de Instrucción 15 de Valencia ya había archivado la causa en dos ocasiones, siendo la más reciente en junio del año pasado, cuando se negó a abrir juicio. Desde entonces, el proceso ha experimentado retrasos que han generado indignación entre los investigados, quienes consideran que esta situación afecta negativamente su vida pública, especialmente en el caso de Mónica Oltra, quien busca regresar a la política en un momento en que la izquierda está evaluando posibles alianzas.
Indicios suficientes para un juicio oral
En su resolución, la Audiencia señala que la decisión del instructor de desestimar los recursos de las acusaciones, argumentando que se basaban en conjeturas, es inconsistente. El tribunal considera que existen numerosos indicios que deben ser evaluados en el juicio oral, el contexto adecuado para abordar todas estas cuestiones. Anteriormente, la Sala ya había indicado que la hipótesis delictiva presentaba plausibilidad a partir de los indicios recabados.
El tribunal, presidido por Pedro Castellano, también ha identificado una contradicción entre el último auto previo al procesamiento y el auto de archivo que ha sido recurrido, lo que sugiere que los hechos mencionados constituyen indicios de diversos delitos.
Antecedentes del caso
La situación se remonta a los años 2016 y 2017, cuando una menor denunció haber sido víctima de abusos por parte de un educador. Las acciones de los responsables del centro de menores y las intervenciones de la conselleria han sido objeto de escrutinio. Tras enterarse del caso el 4 de agosto de 2017, Oltra ordenó la adopción de medidas para esclarecer la situación. Las acusaciones sostienen que existió un complot entre los investigados para silenciar la denuncia.
La Audiencia también ha llamado la atención sobre la actuación del juez, señalando que la existencia de indicios sobre la posible perpetración de los hechos no debe ser confundida con la valoración de la carga incriminatoria que debe evitar el instructor en la fase de Procedimiento Abreviado. Esto implica que el magistrado, a pesar de su experiencia, se extralimitó en su función.
La Sala recuerda que si hay una probabilidad razonable de que los hechos denunciados puedan encajar en un comportamiento delictivo, no se puede negar a las acusaciones su derecho a llevar el caso a juicio. El relato de las acusaciones no debe considerarse una criminalización infundada de hechos inocuos.
Además, el auto de la jueza no aclara la supuesta falta de credibilidad de la menor, que había sido un factor determinante para iniciar las diligencias, así como para fundamentar la condena del educador, quien actualmente cumple una pena de cinco años en la prisión de Picassent. Este caso ha sido objeto de un segundo juicio, en el que también se impuso una condena. Recientemente, el exmarido de Oltra ha solicitado permisos tras cumplir una cuarta parte de su condena.
